Formulario I-800: Petición para clasificar a un adoptado (La Haya)

Por Heidy Ramirez
Publicado el 19 de August, 2024
Tiempo estimado de lectura: 6 minutos

Los ciudadanos que residen habitualmente en el país y desean adoptar un menor que viva fuera de Estados Unidos en alguno de los estados que forman parte de la Convención de La Haya sobre Adopción Internacional deben seguir un proceso especial. El primer paso es determinar que el niño o niña es elegible y luego efectuar la presentación del Formulario I-800. A continuación, te explicamos los puntos más importantes acerca de este tema.

El Formulario I-800 debe ser presentado ante USCIS para adoptar un niño mediante el Acuerdo de la Convención de La Haya.
Para adoptar un menor que viva fuera de Estados Unidos, mediante el acuerdo de Adopción Internacional de la Convención de La Haya, debes presentar el Formulario I-800.

¿Cuándo presentar el Formulario I-800?

El Formulario I-800, “Petición para Clasificar a un Adoptado de Convención como Familiar Inmediato” deberá presentarse antes del vencimiento del aviso de aprobación o extensión del Formulario I-800A y antes del cumpleaños número dieciséis (16) del niño.

Es indispensable obtener la aprobación provisional del formulario I-800, antes de que sea aprobada la adopción o de obtener la custodia del niño.

¿Qué necesitas para presentar el Formulario I-800?

Si deseas ser adoptante de un niño de un país de la Convención, tendrás que tener las siguientes características: 

  • Ser ciudadano y residente habitual de Estados Unidos.
  • Si no estás casado(a), debes tener, por lo menos 25 años de edad cuando presentes tu Formulario I-800.

¿Cómo se clasifica a un niño como posible adoptado?

Para que un niño sea elegible para una adopción de la Convención, debe reunir los siguientes requisitos:

  • Debe tener menos de 16 años al momento de que se presente el Formulario.
  • Ser un residente habitual de un país de la Convención.
  • Haber sido declarado por la Autoridad Central de su país como elegible para una adopción internacional, y haber obtenido todas las aprobaciones necesarias para ser adoptado.

¿Quiénes no pueden presentar el Formulario I-800?

No podrás presentar el Formulario I-800 si no ha sido aprobado previamente tu Formulario I-800A, o si tienes alguna de las siguientes condiciones:

  • Si el período de aprobación o la extensión del período de aprobación de tu Formulario I-800A ha vencido.
  • Si tu estado civil cambió luego de aprobado el Formulario I-800A, a menos que hayas obtenido la aprobación de un nuevo Formulario I-800A y hayas señalado tu nuevo estado civil.
  • Si tuviste una variación significativa en los datos y circunstancias reflejadas en el Formulario I-800A que amerite que presentes un suplemento (denominado Suplemento 3) para reflejar tal cambio. 

¿Cuándo debe presentarse el Suplemento 3 del Formulario I-800A?

El Suplemento 3 del Formulario I-800A incide de manera determinante en el contenido del Formulario I-800, ya que implica el cambio de datos importantes. A continuación, te indicamos los casos más relevantes que motivan su presentación:

  • Por el cambio de residencia del adoptante o del lugar de residencia propuesta para el niño.
  • Cualquier cambio en tu historial de arresto, abuso infantil, abuso de sustancias o violencia doméstica o de tu cónyuge (en caso de tenerlo), o de cualquier miembro del hogar sin importar la edad.
  • Si antes de la inmigración del niño a los Estados Unidos según la Convención, hay una adición de uno o más hijos a tu hogar, ya sea mediante adopción o acogimiento, nacimiento o cualquier otro medio. 
  • Ante la incorporación de otros dependientes o miembros adultos del hogar a la familia, antes de la inmigración del adoptado a los Estados Unidos.
  • Cambio en el número de hijos que deseas adoptar.
  • Cambio en las características de los hijos que se quieren adoptar, tales como la edad y/o el sexo.

¿Dónde presentar la solicitud?

Para entregas del Servicio Postal:

USCIS

Attn: Adoption I-800

P.O. Box 660087

Dallas, TX 75266-0087

Para entregas por FedEx, UPS y DHL:

USCIS

Attn: Adoption I-800 (Box 660087)

2501 S. State Hwy. 121 Business

Suite 400

Lewisville, TX 75067-8003

¿Cuál es la tarifa del formulario? 

  • La presentación general tiene un costo de 920$. 
  • Si presentas más de un Formulario I-800 durante el período de aprobación del Formulario I-800A, para niños que “no” son hermanos biológicos antes de la adopción propuesta, el costo es de 920$.
  • Si estás presentando tu primer Formulario I-800 durante el período de aprobación del Formulario I-800A el costo será de 0$.
  • Si presentas más de un Formulario I-800 durante el período de aprobación del Formulario I-800A para niños que son hermanos biológicos antes de la adopción propuesta, el costo es de 0$.

Haz clic en este enlace si deseas ver el desglose de tarifas de USCIS. También te puede servir este artículo de la página Nuevas tarifas USCIS desde el 1 de abril 2024.

Para ser adoptado un niño solo requiere ser elegible, tener menos de 16 años y residir en un país integrante del acuerdo.
Un niño menor de 16 años, residente habitual de un país de la Convención y elegible para una adopción internacional, puede formar parte de una familia en Estados Unidos.

¿Cómo es la aprobación de tu formulario I-800?

Luego de presentada tu solicitud ante USCIS, observarás las siguientes etapas:

  • Procesamiento inicial: luego de que USCIS acepte tu petición, verificará que esté completa y que haya sido llenada de forma correcta. Consignar el Formulario I-800 no garantiza que serás elegido, por lo tanto, puede ser rechazada o negada tu petición.
  • Solicitudes de información complementaria: USCIS puede requerir que aportes nuevos datos o evidencia para respaldar tu petición. También podrá solicitar que proporciones los originales de cualquier copia enviada. 
  • Solicitudes de entrevista: USCIS puede requerir que te presentes en una de sus oficinas, realices una entrevista y proporciones tus datos biométricos para verificar tu identidad y/o actualizar controles de antecedentes y seguridad.
  • Decisión: USCIS puede aprobar o denegar la solicitud y te notificará su decisión por escrito.
  • Después de que USCIS aprueba provisionalmente tu Formulario I-800, puedes legalmente adoptar y obtener la custodia legal del niño. Posteriormente podrás obtener una visa de inmigrante para el niño y llevarlo a Estados Unidos.

Es importante

Este artículo fue realizado con conceptos legales de utilidad, pero te aconsejamos buscar asesoramiento con un abogado especialista en la materia si tienes un proceso de adopción. También puedes consultar a una persona que esté autorizada para ejercer ante USCIS, ya que te puede brindar asesoramiento legal con respecto al Formulario I-800 o apoyarte con cualquier otro tipo de información importante.

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Heidy Ramirez

Soy comunicadora social. He trabajado en periodismo en áreas que apoyan el desarrollo de la sociedad. Colaboro con el contenido de Trámites USA informando a las comunidades latinas sobre sus deberes, derechos y oportunidades.

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